Sunafil comunica no renovación de contratos CAS a trabajadores que mantienen procesos judiciales contra la entidad

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) comunicó esta semana la culminación de contratos administrativos de servicios (CAS) de un grupo de trabajadores cuyos vínculos vencen el próximo 30 de junio.

Las comunicaciones, remitidas por la Oficina de Recursos Humanos el 22 de junio de 2026, señalan que la decisión responde al vencimiento del plazo de contratos CAS de naturaleza transitoria y precisan que no constituyen medidas disciplinarias ni sanciones administrativas. Asimismo, la entidad invoca informes técnicos de SERVIR que reconocen la posibilidad de extinguir contratos CAS sujetos a plazo determinado cuando se produce el vencimiento de su plazo contractual.

Sin embargo, la medida ha generado cuestionamientos al interior de la institución debido a que, según información proporcionada por trabajadores de la propia entidad, una parte importante de los afectados habría interpuesto demandas judiciales solicitando el reconocimiento de una relación laboral de carácter indeterminado bajo el régimen CAS.

De acuerdo con las versiones recogidas, alrededor de 25 trabajadores habrían recibido comunicaciones de no renovación en las últimas horas. La coincidencia temporal entre la culminación de los contratos y la existencia de procesos judiciales en trámite ha generado preocupación entre los servidores afectados, quienes consideran que la decisión podría estar vinculada a sus reclamaciones laborales.

El caso ha llamado la atención dentro del sector laboral debido a que involucra a la propia Sunafil, entidad encargada de fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral y sancionar infracciones cometidas por los empleadores.

Especialistas consultados señalan que el simple vencimiento de un contrato temporal constituye una causal legal de extinción del vínculo laboral. No obstante, advierten que cuando la decisión afecta a trabajadores que han ejercido acciones judiciales contra su empleador, corresponde evaluar si existe una justificación objetiva y verificable que descarte cualquier posible represalia por el ejercicio del derecho de acción.

La situación también ha generado interrogantes sobre la gestión de recursos humanos dentro de la entidad. Diversos trabajadores sostienen que la institución cuenta actualmente con recursos presupuestales para afrontar sus obligaciones laborales, por lo que cuestionan la necesidad de prescindir de personal con experiencia y conocimiento especializado en áreas estratégicas.

Otro aspecto que genera preocupación es la eventual convocatoria de nuevos procesos de contratación para cubrir funciones similares a las desempeñadas por los trabajadores cuyos contratos concluyen. De producirse tal escenario, se abriría nuevamente el debate sobre la eficiencia del gasto público asociado a procesos de selección, capacitación e inducción de nuevo personal.

Asimismo, abogados laboralistas advierten que, si los órganos jurisdiccionales determinaran posteriormente que algunas de estas contrataciones respondían a necesidades permanentes o que existió vulneración de derechos fundamentales, podrían generarse contingencias económicas para el Estado derivadas de reposiciones, devengados u otras reparaciones ordenadas judicialmente.

Hasta el momento, Sunafil no ha emitido un pronunciamiento público sobre los cuestionamientos formulados por los trabajadores afectados ni sobre los criterios utilizados para determinar qué contratos serían objeto de renovación y cuáles concluirían al vencimiento de su plazo.

La situación se produce en un contexto en el que diversas entidades públicas vienen enfrentando litigios vinculados al uso de contratos temporales y al reconocimiento de vínculos laborales de duración indeterminada. En ese escenario, lo ocurrido en Sunafil podría convertirse en un nuevo caso de análisis sobre los límites de la contratación temporal en el Estado y las garantías que protegen a los trabajadores que acuden al Poder Judicial para reclamar derechos laborales.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.