1. Introducción: de la intención tutelar a la realidad operativa
En abril del año 2014, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) inició formalmente sus operaciones como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), asumiendo el rol de Autoridad Central y Ente Rector del Sistema de Inspección del Trabajo en el Perú. Transcurridos más de doce años de funcionamiento operativo, la institución se encuentra en un punto de inflexión determinante para el modelo de relaciones laborales del país.
La transición desde la antigua Dirección General de Inspección del Trabajo hacia un organismo técnico con autonomía funcional y personería jurídica propia buscó responder a la necesidad histórica de contar con un sistema especializado e independiente, capaz de tutelar efectivamente los derechos sociolaborales y las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), promoviendo la formalización del mercado laboral.
Sin embargo, el transcurso de este periodo ha expuesto una dualidad en el sistema: de un lado, avances dogmáticos y operativos en materia de unificación de criterios e innovación digital; y, de otro lado, profundas vulnerabilidades estructurales caracterizadas por la inestabilidad directiva, un severo diferimiento en las condiciones laborales de su personal y serias inconsistencias en la gestión presupuestal del Estado.
2. Balance positivo: logros de la fiscalización laboral en el Perú (2014–2026)
Durante sus 12 años de trayectoria, la Sunafil ha consolidado avances institucionales clave que transformaron el estándar de cumplimiento sociolaboral en el país:
- Institucionalización y Predictibilidad del Sistema: Con la creación y puesta en marcha del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) como última instancia administrativa con independencia técnica, se logró unificar la interpretación de la normativa sociolaboral a nivel nacional. La emisión de precedentes de observancia obligatoria en materias complejas —como libertad sindical, no discriminación, tercerización y debido procedimiento— ha reducido la dispersión de criterios y fortalecido la certeza jurídica para los administrados.
- Especialización Técnica y Lineamientos Normativos: El desarrollo de directivas sobre el ejercicio de la función inspectiva, junto con protocolos específicos sobre Teletrabajo (Ley 31572) y Seguridad y Salud en el Trabajo (Ley 29783), ha permitido dotar de mayor rigor técnico a las actuaciones preventivas y fiscalizadoras.
- Digitalización e Innovación Procedimental: La implementación masiva de la Casilla Electrónica, la integración del Sistema Informático de la Inspección del Trabajo (SIIT) y la consolidación de inspecciones virtuales y requerimientos de información por medios informáticos han dinamizado las diligencias preliminares, reduciendo la carga burocrática y agilizando la gestión documental.
3. El diagnóstico crítico: inestabilidad directiva y la paradoja en seguridad y salud en el trabajo
A pesar de estos importantes avances, la SUNAFIL adolece de fragilidades estructurales que comprometen la sostenibilidad de sus políticas públicas:
- Alta Inestabilidad en la Máxima Dirección: La elevada rotación en la Alta Dirección —donde la permanencia de los Superintendentes ha registrado un promedio aproximado de seis meses por gestión— dificulta la consolidación de planes estratégicos de largo plazo. Un organismo técnico requiere continuidad directiva para consolidar reformas estructurales.
- La Paradoja en Seguridad y Salud en el Trabajo (SST): Como ha señalado la dirigencia del Sindicato Único de Inspectores y Trabajadores de la Sunafil (SUIT-SUNAFIL) en recientes intervenciones públicas, la SST constituye una materia medular en la fiscalización laboral. Sin embargo, existe una contradicción en el sistema: mientras la Sunafil exige a las empresas del sector privado el estricto cumplimiento de comités paritarios, equipos de protección personal (EPP) y exámenes médicos ocupacionales, la propia entidad no garantiza plenamente estas condiciones para sus inspectores en intervenciones de alto riesgo en campo.
- Congelamiento Remunerativo y la Huelga Indefinida de Octubre de 2026: A pesar del incremento sostenido de la carga inspectiva y la complejidad técnica de las fiscalizaciones, los sueldos del personal inspectivo se mantienen congelados desde hace aproximadamente 12 años. En este escenario, el SUIT-SUNAFIL aprobó el inicio de una Huelga Nacional Indefinida a partir del 26 de octubre de 2026, demandando una escala remunerativa equitativa, condiciones logísticas dignas y competencias plenas de fiscalización.
4. La huelga nacional de inspectores: un hito histórico y la oportunidad de un cambio estructural
En este escenario de postergación de condiciones laborales internas, el Sindicato Único de Inspectores y Trabajadores de la SUNAFIL (SUIT-SUNAFIL) inició una Huelga Nacional Indefinida el lunes 26 de octubre de 2026. Este conflicto de naturaleza colectiva no representa un hecho aislado ni una mera protesta coyuntural; constituye el síntoma visible de doce años de desatención presupuestal y de la falta de una política integral de fortalecimiento de la función pública inspectiva.
Por ello, la atención y solución razonable de esta huelga no debe ser percibida por el Poder Ejecutivo ni por los actores económicos como una concesión gremial, sino como el HITO TRANSFORMADOR Y DECISIVO que la Sunafil requiere para refundar su gestión institucional. Resolver las demandas centrales del personal inspectivo —como el descongelamiento de la escala remunerativa institucional, la provisión garantizada de herramientas de Seguridad y Salud en el Trabajo para las diligencias de campo y la delimitación de competencias claras— marcará un antes y un después en la madurez del sistema.
La solución concertada de la Huelga Nacional de Inspectores de la Sunafil no es un gasto, sino una inversión estratégica en la institucionalidad del país. Marcará el hito decisivo hacia un sistema de fiscalización laboral profesional, predecible, con alta capacidad técnica y plenamente legitimado ante empleadores y trabajadores.
5. El caso de los 42 trabajadores traspasados a los gobiernos regionales: evidencia de informalidad estructural
Un hecho que ilustra con crudeza la falta de planeamiento estratégico en la gestión laboral del Estado es la situación de los 42 trabajadores de la Sunafil transferidos a los Gobiernos Regionales (GOREs).
Tal como se analizó oportunamente en el informe de Actualidad Laboral titulado “La decisión que podría debilitar a la Sunafil“, este traspaso de personal se ejecutó sin asegurar la correspondiente transferencia de partidas presupuestales habilitadas en los pliegos regionales. Como consecuencia de ello, estos servidores han acumulado más de tres meses sin percibir sus remuneraciones.
Este caso evidencia una seria contradicción: la entidad pública creada para combatir la informalidad y velar por el pago oportuno de salarios en el sector privado incurre, por deficiencias de articulación presupuestal interinstitucional, en el impago de los derechos fundamentales de sus propios trabajadores al descentralizar funciones. Esta desarticulación no solo debilita la autoridad central del sistema inspectivo, sino que precariza el servicio de fiscalización regional en perjuicio de la ciudadanía.
6. El valor triangular: por qué una sunafil estable y dignificada beneficia a todos los actores
Lejos de ser una demanda sectorial aislada, la consolidación de la Sunafil y la solución estratégica de sus conflictos internos genera un impacto positivo directo en los tres vértices del sistema laboral:
- Para las Empresas del Régimen General y Grandes Empleadores: Una fiscalización técnica, profesional e independiente desincentiva y combate la competencia desleal de la informalidad y la evasión sociolaboral. Además, inspectores dotados de estabilidad laboral y salarios dignos garantizan actuaciones estrictamente objetivas, imparciales y neutrales, protegiendo al empleador cumplidor mediante el debido procedimiento.
- Para las Micro y Pequeñas Empresas (MYPES): Una Sunafil fortalecida privilegiará las acciones de orientación, asistencia técnica y prevención (previstas en los artículos 3 y 4 de la Ley General de Inspección del Trabajo). Esto permite acompañar a la MYPE en su formalización sin aplicar una lógica puramente punitiva o confiscatoria, promoviendo entornos de trabajo seguros.
- Para los Trabajadores y la Paz Social: La tutela efectiva de los derechos fundamentales (libertad sindical, pago oportuno de beneficios y prevención de riesgos laborales) exige inspectores respaldados institucionalmente. El bienestar de quienes fiscalizan es la mayor garantía de imparcialidad, celeridad y justicia administrativa en favor de la sociedad.
7. Conclusiones y propuestas de solución
- La Sunafil constituye un pilar imprescindible para el equilibrio entre la productividad empresarial y la protección de los derechos fundamentales del trabajo en el Perú.
- La solución concertada de la Huelga Nacional de Inspectores iniciada en octubre de 2026 representa la oportunidad histórica de establecer un hito institucional: superar doce años de salarios congelados, asegurar la Seguridad y Salud interna de los inspectores y garantizar la asignación presupuestal para las regiones.
- Garantizar la estabilidad directiva en la Superintendencia resguardará la autonomía técnica de la entidad. La atención responsable de las demandas laborales internas pacificará el clima institucional y permitirá consolidar a la Sunafil como una entidad preventiva, moderna, eficiente y promotora del desarrollo económico formal en el Perú.

Daniel Moreyra Fonseca
Abogado Especialista en Derecho Laboral | Ex-Asesor de Despacho de la SUNAFIL (Gestiones 2023 y 2024) | Inspector del Trabajo