Informe general sobre feriados no laborables – Enero 2023

Compartimos con ustedes nuestro cuadernillo de trabajo, edición especial elaborado por nuestra revista en colaboración con el destacado abogado laboralista y Gerente General del Estudio Salinas Verano & Asociados, Pablo Salinas Seminario.

Nos referimos a los días feriados no laborables establecidos en la legislación laboral vigente sobre descansos remunerados, que como recordarán armonizó y consolidó sin discriminaciones toda la legislación sobre dicha institución correspondiente a los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada en general y en forma especial a la forma de cálculo, abono y demás características de todos los días feriados laborables y no laborables del personal de trabajadores a vuestro cargo y que incluye a los nuevos feriados no laborables nacionales del 6 de agosto por la Batalla de Junín y del 9 de diciembre por la Batalla de Ayacucho.

En esta edición, se ha desarrollado el tema «Informe general sobre feriados no laborables – Enero 2023», explicando las principales características de los días feriados no laborables de los trabajadores sujetos dentro del régimen laboral de la actividad privada.

Te invitamos a descargar nuestro cuadernillo de trabajo:

Informe general: Sobre feriados no laborables – Enero 2023

Anexos feriados no laborales 2023

Días feriados no laborables

  1. Normas legales en general
  2. Normas legales derogadas
  3. Normas legales vigentes
  4. Concepto de días feriados no laborables
  5. Concepto de día no laborable
  6. Diferencias y similitudes entre día feriado no laborable y día no laborable
  7. Clases de feriados no laborables
    • Días feriados no laborables fijos o inamovibles
    • Días feriados no laborables movibles
  8. Monto del beneficio
    • Casos generales
    • Caso especial del 1° de Mayo o día del trabajo cuando no coincide con el día del descanso semanal  obligatorio del personal
      • Abono para trabajadores jornaleros
      • Abono para trabajadores destajeros
      • Abono con record laboral inferior a 30 días
    • Feriado especial del 1º de Mayo o día del trabajo cuando coincide con el día del descanso semanal obligatorio del personal
      • Abono para trabajadores jornaleros 
      • Abono para trabajadores destajeros
      • Abono con record laboral inferior a 30 días
    • Existencia de dos feriados en una misma semana
    • Personal que realice labores en días feriados no laborables sin descanso sustitutorio en dicha semana
  9. Cómputo
  10. Alternativa de los empleadores en días feriados no laborables no nacionales o gremiales
  11. Vigencia
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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.