Corte Suprema anula restricción a la tercerización en actividades esenciales

Corte Suprema

La Corte Suprema de Justicia de la República emitió un fallo relevante en materia laboral al dejar sin efecto la prohibición de tercerizar actividades consideradas esenciales dentro de las empresas.

La decisión responde a una acción legal presentada contra una norma del Poder Ejecutivo que buscaba limitar el uso de la tercerización en funciones clave del negocio. Tras el análisis correspondiente, el máximo tribunal concluyó que dicha restricción no se ajustaba al marco legal vigente.

Con este pronunciamiento, se establece que las empresas podrán seguir recurriendo a la tercerización incluso en áreas centrales de su operación, siempre que se respeten las condiciones y obligaciones previstas en la legislación laboral.
Asimismo, la Corte reafirmó los límites del Poder Ejecutivo en la regulación de este tipo de prácticas, señalando que no puede imponer restricciones mediante normas de menor jerarquía que contravengan lo dispuesto por la ley.

Especialistas señalan que este fallo tendrá impacto en diversos sectores económicos, al brindar mayor claridad sobre el alcance de la tercerización en el país. No obstante, advierten que las empresas deberán continuar cumpliendo estrictamente con las normas laborales para evitar sanciones.

Acción Popular 30989-2023 – Lima

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