¿Cómo podrían ser sancionadas las empresas que no cumplan con el depósito de la CTS?

¿Cómo podrían ser sancionadas las empresas que no cumplan con el depósito de la CTS?

La compensación por tiempo de servicios (CTS), es un beneficio laboral que tiene por objeto que el trabajador, al momento de encontrarse desempleado, pueda disponer de un monto de dinero ahorrado que le permita satisfacer sus necesidades y obligaciones, en tanto consiga un nuevo empleo.

La mecánica de este beneficio es que el empleador debe cumplir con la obligación legal de depositar:

a) En los meses de mayo y en noviembre de cada año.
b) En la moneda elegida por el trabajador.
c) En la cuenta de ahorros elegida por el este, el dinero correspondiente a este beneficio (que en promedio es una remuneración anual).

¿Qué sucede si el empleador no cumple con esta obligación?

El Reglamento de la Ley General de Inspección de Trabajo regula en su artículo 24 que es infracción grave en materia de relaciones laborales no depositar integra y oportunamente la compensación por tiempo de servicios, esto significa que si no se cumple con esta obligación, el empleador se sujetaría a la siguiente tabla de sanciones que podría imponer la Superintendencia de Fiscalización Laboral – SUNAFIL:

Ante este caso, se debe tener en consideración que el artículo 40 de la Ley General de Inspección regula que las multas se reducen en los siguientes casos:

a) Al treinta por ciento (30%) de la multa originalmente propuesta o impuesta cuando se acredite la subsanación de infracciones detectadas (es decir que se cumplió, aunque tardíamente, con la obligación), desde la notificación del acta de infracción y hasta antes del plazo de vencimiento para interponer el recurso de apelación.
b) Al cincuenta por ciento (50%) de la suma originalmente impuesta cuando, resuelto el recurso de apelación interpuesto por el sancionado, éste acredita la subsanación de las infracciones detectadas (es decir que se cumplió, aunque tardíamente, con la obligación) dentro del plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de su notificación.

Otro punto que se debe tener en consideración es que en caso de reiteración del incumplimiento del depósito de la CTS ya anteriormente sancionado, las multas podrán incrementarse hasta en un cien por ciento (100%) de la sanción que correspondería imponer, sin que en ningún caso puedan excederse las cuantías máximas de las multas previstas para cada tipo de infracción.

Finalmente, la empresa que no entregue al trabajador la carta de liberación de CTS, así como no entregar la hoja de liquidación de compensación por tiempo de servicios (que es la que debe detallar los montos depositados semestralmente, durante la relación laboral, así como la CTS trunca si es que no se llegó a depositar antes del cese, supone la comisión de una falta leve en materia de relaciones laborales.

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Socio del Estudio Elías Mantero / Director de la Revista Actualidad Laboral / Coordinador de las Maestrías en Derecho de la Sección de Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres.