Toque de queda en Lima, Callao y provincias con nivel alto empezará a las 12 de la noche

Policía toque de queda

Mediante Decreto Supremo 005-2022-PCM publicado el 16 de enero de 2021 en la edición extraordinaria del diario oficial El peruano, se dispone las nuevas medidas restrictivas que regirán desde el 17 hasta el 30 de enero, ante el incremento de los contagios de la covid-19 en el país, a consecuencia de la variante ómicron.

Medida regirá desde el 17 hasta el 30 de enero

En ese sentido, se incrementa a 42 las provincias del país que pasan al nivel de alerta alto, incluida Lima y Callao, de las 24 que había anteriormente, pero a la vez el toque de queda, se acorta.

El toque de queda se iniciará a las 00:00 horas hasta las 04:00 horas, de lunes a domingo, una hora más para que los negocios puedan seguir funcionando, y los peruanos residentes en estas provincias puedan movilizarse a sus hogares.

Precisamente, las 42 provincias en nivel de alerta alto son: Arequipa, Camaná, Islay, Huánuco, Leoncio Prado, Cajamarca, Jaén, Huamanga, Tacna, Jorge Basadre, Ilo, Mariscal Nieto, Ica, Chincha, Pisco, Palpa, Huancayo, Satipo, Chanchamayo.

Asimismo, Tarma, Huaura, Cañete, Barranca, Huaral, Huarochirí, Lima, Callao, Piura, Talara, Paita, Sullana, Sechura, Morropón, Chiclayo, Lambayeque, Ferreñafe, Santa, Huaraz, Cusco, La Convención, Urubamba, Trujillo y Pacasmayo.

Todas las demás provincias del país están en nivel alerta moderado, y no existen provincias catalogadas en nivel muy alto, y menos en nivel extremo.

En las provincias de nivel alerta moderado el toque de queda empieza de 02:00 horas a 04:00 horas.

Aforos en nivel de alerta alto

Los aforos en las 42 provincias con nivel de alerta alto, en espacios cerrados, queda de la siguiente manera: 

Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60% 

Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60% 

Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% 

Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% 

Casinos y tragamonedas: 40% 

Cines y artes escénicas: 60% 

Bancos y otras entidades financieras: 60% 

Templos y lugares de culto: 60% 

Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% 

Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60% 

Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60% 

Eventos empresariales y profesionales: 60% 

Peluquería y Barberia: 60% 

Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40% 

Coliseos:60% 

Gimnasios: 60%

Puede descargar el Decreto Supremo en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.