Sunafil establece criterio para el cálculo de utilidades respecto a los convenios colectivos

Gerente sacando cálculos con su celular

Mediante la Resolución 093-2022-Sunafil, publicado el pasado martes 22 de febrero de 2022, se aprobó el criterio técnico legal que adoptado por el comité para la emisión de criterios técnicos legales sobre la aplicación de la normativa acerca de la inspección del trabajo de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), con relación a la posición de la inspección del trabajo en razón de las remuneraciones que son consideradas en el cálculo para el reparto de utilidades, en el momento que se advierte un convenio colectivo o un laudo arbitral suscrito o emitido con posterioridad al ejercicio gravable para el reparto de utilidades que contenga incrementos salariales no percibidos pero sí exigibles, además cuyos efectos no hubiesen sido suspendidos en sede judicial.

Descarga la Resolución 093-2022-Sunafil.

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