Servir no puede pronunciarse sobre la invalidez o no de un acto emitido por las entidades públicas en materia de selección de personal

Mediante el Informe Técnico 001017-2023-Servir-GPGSC de fecha 2 de agosto de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre las reglas mínimas para realizar concursos internos para la promoción del personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo 728, para ello, se remitió a lo concluido en el Informe Técnico 0878-2023-SERVIR-GPSC, en la cual señaló en primer lugar, que al presente organismo rector no le corresponde pronunciarse sobre la invalidez o no de un acto emitido por las entidades públicas en el marco de un proceso de selección de personal.

Asimismo, señaló que para un concurso interno para los servidores sujetos al régimen señalado debe garantizar el derecho de promoción, el cual se podrá materializar en mejora de las compensaciones económicas y el otorgamiento de responsabilidades de mayor dificultad y complejidad, asimismo, dicho concurso debe asegurar que el postulante cumpla con los requisitos mínimos y la condición de pertenecer a un nivel o línea inferior al que postula.

Informe Técnico 001017-2023-Servir-GPGSC.

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