Servir: La designación en un puesto de confianza debe estar contemplado en el Cuadro de Asignación de Personal

Dos personas revisando un reporte

Mediante el Informe Técnico 001255-2023-Servir-GPGSC de fecha 13 de setiembre de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la posibilidad de contratar funcionarios públicos, directivos públicos y personal de confianza mediante el régimen del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.

En ese sentido, el presente organismo rector señaló que el ingreso a la administración pública solo se ha realizó bajo dos vías, la primera por un concurso público de méritos, conforme a los requisitos que ostente la naturaleza del puesto, y, en segundo lugar, por designación en un puesto de confianza, siempre que dicha plaza laboral se encuentre contemplado en el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y siendo vinculado únicamente a los puestos de funcionarios públicos, directivos públicos y personal de confianza de libre designación.

Informe Técnico 001255-2023-Servir-GPGSC.

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