Proyecto ley que buscaría modificar el régimen agrario para prohibir la intermediación y tercerización

El Poder Ejecutivo presentó al Congreso el Proyecto de Ley 6736/2020-CR, propuesta que contempla la derogatoria del numero 7.2 del artículo 7 de la Ley 27360, Ley que aprueba las normas de promoción del sector agrario.

Actualmente, este régimen señala que la remuneración diaria de los trabajadores agrarios es de S/ 39.19, siempre que cumplan con un mínimo de cuatro horas.

El Gobierno está proponiendo que se incorporen dos párrafos al numeral 7.1 de la mencionada ley, que establecen lo siguiente:

“Tratándose de sus actividades principales, los empleadores de la actividad agraria (…) están prohibidos de recurrir a mecanismos de intermediación laboral y tercerización de servicios, que impliquen una simple cesión de personal, en consecuencia, los empleadores de la actividad agraria deben contratar directamente a dicho personal, quedando exceptuados los supuestos de ocasionalidad y suplencia previstos en la Ley 27626, Ley que regula la actividad de las empresas especiales de servicios de y de las cooperativas de trabajadores y la contratación de actividades especializadas y obras previstas en la Ley 29245, Ley que regula los servicios de tercerización.

Los derechos laborales de los trabajadores comprendidos en el ámbito de la presente Ley, incluido el pago de beneficios sociales como las gratificaciones legales y la compensación por tiempo de servicios, se rigen por las normas del régimen laboral general de la actividad privada. El pago de utilidades se rige por la ley sobre la materia.”

Dichas incorporaciones tienen como fin prohibir la intermediación y tercerización de los servicios, mientras que el pago de beneficios sociales se encontraría bajo el régimen laboral.

Este proyecto, también busca que los empleadores garanticen condiciones dignas de trabajo, es decir, que se incluya el traslado de los trabajadores hacia sus centros de labores, la alimentación y los lugares destinados a su disfrute.

Por último, se ha precisado que la encargada de supervisar el cumplimiento de dichas condiciones de trabajo, sería la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Proyecto de Ley 6736-2020.

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