ONP: declara de interés institucional la sistematización de precedentes y doctrina jurisprudencial para la actuación garantista de derechos

Mediante Resolución Jefatural 035-2022-ONP/JF publicada con fecha 16 de febrero de 2022 en el Diario Oficial El Peruano, declárese de interés y prioridad institucional la sistematización de precedentes vinculantes, precedentes de observancia obligatoria, línea y doctrina jurisprudencial, en materia previsional, emitidos por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Administrativo Previsional y el Poder Judicial, para una actuación garantista de derechos previsionales en la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

Acciones vinculadas a la declaratoria de interés y prioridad institucional

Dispóngase que la Oficina de Asesoría Jurídica realice la sistematización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la presente resolución, que permita a la ONP, de corresponder, la elaboración de una propuesta normativa que apruebe nuevos criterios de allanamiento o, en su defecto, aplicar las figuras procesales más expeditivas para alinear sus pronunciamientos administrativos a dichos criterios, en procura de los derechos de los asegurados. Para tal efecto, dicho órgano podrá solicitar la colaboración, apoyo, opinión y/o aporte técnico a los diferentes órganos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo.

Dispóngase que la Oficina de Asesoría Jurídica implemente las medidas correspondientes que permitan a las Asesorías Legales Externas (ALES), en los procesos a su cargo, aplicar los precedentes vinculantes, precedentes de observancia obligatoria, línea y doctrina jurisprudencial, en materia previsional, emitidas por el Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Administrativo Previsional, que permitan una actuación garantista de derechos previsionales.

Se establece que todos los órganos de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), en el marco de sus competencias y funciones, orienten su actuación observando el principio Pro Asegurado y conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, respetando, en consecuencia, los derechos previsionales de los asegurados.

Puede descargar la  Resolución Jefatural en el presente link.

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