MTPE: Se crea grupo de trabajo dependiente del Ministerio de Trabajo, cuyo objeto es proponer medidas que sirvan para impulsar empleo para personas con discapacidad en el sector público y privado

Persona con discapacidad trabajando trabajando

Mediante Resolución Ministerial 083-2022-TR publicado el día 8 de marzo de 2022 en el diario oficial “El Peruano” , se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo objeto es proponer medidas procedimentales, normativas y de política pública, que sirvan para impulsar el cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad tanto en el sector privado como en el sector público, dotando de mayor efectividad a este mecanismo de promoción del empleo de las personas con discapacidad establecido en el artículo 49 de la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.

El Grupo de Trabajo Multisectorial está conformado por:

  1. Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside;
  2. Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas;
  3. Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;
  4. Un representante de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir);
  5. Un representante del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) y
  6. Un representante de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).

Secretaría Técnica

Está a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que, a través de la Dirección de Promoción Laboral para Personas con Discapacidad, brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.

Designación de representantes

Las entidades señaladas en el artículo 2, designan a sus representantes titulares y alternos/as mediante documento escrito dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro del plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.

Participación de otras entidades o personas

Puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de su objeto.

Funciones del grupo de trabajo multisectorial

Tiene las siguientes funciones:

  1. Identificar las causas y factores, principalmente normativas e institucionales, que dificultan o limitan alcanzar mayores avances en el cumplimiento de la cuota de empleo, tanto en el sector privado como en el sector público.
  2. Evaluar los procedimientos establecidos que regulan la aplicación y la fiscalización de la cuota de empleo, así como los servicios existentes para orientar a los empleadores del sector público y privado, y otros que coadyuven al cumplimiento de la cuota de empleo, determinándose las mejoras respectivas.
  3. Identificar y proponer medidas, principalmente de carácter normativo y de política pública, que puedan coadyuvar en la efectividad de la cuota de empleo, como mecanismo para promover la inserción de las personas con discapacidad y la generación de un mercado y entornos laborales inclusivos.

El Grupo de Trabajo Multisectorial emite un informe final con las acciones desarrolladas como resultado del trabajo realizado.

Instalación

 El Grupo de Trabajo Multisectorial se instala en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial en el diario oficial El Peruano.

Financiamiento y Plazo de vigencia

Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. La presente resolución ministerial tiene vigencia por un período de sesenta (60) días hábiles, contados a partir del día siguiente de su instalación, siendo prorrogable dicho plazo por un período adicional.

Puede descargar la Resolución Ministerial en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.