MTPE: Crean el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado «Grupo de Trabajo para la intervención Wiñay Warmi»

Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo

Mediante Resolución Ministerial 237-2022-TR publicada con fecha 25/08/2022 en el diario oficial “El Peruano”, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, denominado “Grupo de Trabajo para la intervención Wiñay Warmi” (en adelante, el Grupo de Trabajo).

El Grupo de Trabajo tiene por objeto elaborar una propuesta técnica con medidas para garantizar la sostenibilidad de los procesos de articulación de los servicios de la intervención “Wiñay Warmi”, está conformado por:

  1. Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien lo preside.
  2. Un representante del Ministerio de la Producción.
  3. Un representante del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
  4. Un representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
  5. Un representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
  6. Un representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  7. Un representante del Ministerio de Educación.
  8. Un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

Cada integrante del Grupo de Trabajo cuenta con un representante alterno, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular.

Los miembros del Grupo de Trabajo ejercen su función ad honórem.

Designación de Representantes

Los representantes titulares y alternos son acreditados mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.

Funciones

El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:

  1. Aprobar el plan de trabajo.
  2. Identificar los nudos críticos de operación, gestión, normatividad, entre otros, con relación a la articulación de los servicios.
  3. Recoger evidencias que sustenten las lecciones aprendidas vinculadas a la articulación de servicios durante el proceso de implementación.
  4. Identificar y proponer los arreglos institucionales necesarios para la sostenibilidad de la articulación de servicios, en el marco de la intervención. e) Proponer mejoras al diseño de la intervención.
  5. Plantear recomendaciones de política que contribuyan al cierre de brechas de género en el acceso de empleo decente y empleabilidad, de manera sostenida.
  6. Elaborar un informe que contenga la propuesta técnica con medidas para garantizar la sostenibilidad de los procesos de articulación de los servicios de la intervención “Wiñay Warmi”.
  7. Otras que se consideren necesarias para el cumplimiento de su objeto.

Secretaría Técnica

La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Promoción del Empleo y Autoempleo de la Dirección General de Promoción del Empleo, que brinda asistencia técnica y administrativa para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto.

Instalación

El Grupo de Trabajo se instala en un plazo que no exceda de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial.

Vigencia

El Grupo de Trabajo una vigencia de catorce meses contados a partir del día siguiente de su instalación.

Participación y colaboración de otras entidades o personas

El Grupo de Trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de otras instituciones públicas y privadas, así como a profesionales especializados para que colaboren con el cumplimiento de sus responsabilidades.

Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo puede requerir información a otras instituciones públicas y privadas, así como conformar equipos de trabajo para una mejor organización.

Financiamiento

Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

Puede descargar la Resolución Ministerial en el presente link.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.