Mintra: se crea el Sistema de Información del Mercado Laboral (SIMEL) y el Laboratorio de Innovación Laboral

Ministerio de Trabajo y Promoción al Empleo

Mediante Decreto Supremo 009-2022-TR publicado con fecha 20 de mayo de 2022 en el diario oficial “El Peruano”,  se crea el Sistema de Información del Mercado Laboral (SIMEL), a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el objeto de conformar una red articulada de la información del mercado laboral que generan las entidades públicas en los distintos niveles de gobierno; y orientado a ordenar su producción, análisis y difusión, con la finalidad de facilitar el acceso a la información relevante y oportuna para la toma de decisiones de los usuarios privados y públicos, según sus necesidades específicas.

El SIMEL es también un instrumento para el monitoreo, evaluación de las políticas públicas en materia de trabajo y empleo; para la generación de evidencia necesaria para su diseño; y para el intercambio de información o coordinación entre diferentes actores e instituciones que producen y utilizan información y análisis del mercado laboral.

Información del mercado laboral

Entiéndase por información del mercado laboral cualquier información cualitativa o cuantitativa del mercado laboral que pueda asistir a los agentes de dicho mercado, tanto públicos como privados, en realizar planes informados, elecciones y decisiones relacionadas con políticas públicas y prospectiva, requerimientos ocupacionales de empresas, planeamiento y preparación para su carrera, educación, entrenamiento o formación, mejora de empleabilidad y búsqueda de empleo y estrategias de inversión en personal.

Conducción

La responsabilidad de la conducción del SIMEL está a cargo de la Dirección General de Promoción del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de su Dirección de Investigación Socio Económico Laboral.

Para la implementación y operación del SIMEL, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está facultado para convocar la colaboración de organizaciones o profesionales especializados en materia prospectiva y en aspectos técnicos sobre la gestión de la información del mercado laboral.

Información de entidades públicas

Las entidades del sector público que generen o difundan información del mercado laboral se articulan a la red de acuerdo con el artículo 1 y están obligadas a proporcionar información al SIMEL en términos de calidad, cantidad y oportunidad; siempre con estricta observancia de la normativa vigente sobre protección de datos personales.

Información de entidades privadas

Con la finalidad de garantizar la incorporación de la información sobre el mercado laboral de las entidades privadas al SIMEL, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo está facultado para celebrar convenios de cooperación interinstitucional con entidades privadas que generen información sobre el mercado laboral; siempre con estricta observancia de la normativa vigente sobre protección de datos personales y las políticas de seguridad de la información así como políticas para el diseño, desarrollo, implementación y mantenimiento de aplicaciones tecnológicas o sistemas de la información del referido Ministerio.

Laboratorio de Innovación Laboral

Créase el Laboratorio de Innovación Laboral como un mecanismo del SIMEL para identificar mejoras y generar información del desempeño de las intervenciones del sector, a partir de crear, diseñar, prototipar, implementar y evaluar las intervenciones públicas de promoción del empleo, con la colaboración de la academia, el sector privado, la sociedad civil y los ciudadanos. Las convocatorias y las relaciones de colaboración resultantes que se realizan en el marco del Laboratorio de Innovación Laboral se sujetan a los lineamientos y bases aprobados por Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Rendición de cuentas

La Dirección General de Promoción del Empleo reporta semestralmente ante el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral los avances en la implementación del SIMEL y los resultados de su funcionamiento.

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo publica el reporte semestral a que se refiere el numeral 7.1 en su sede digital.

Implementación

La implementación del presente Decreto Supremo se realiza con cargo al presupuesto institucional aprobado del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, sin demandar recursos adicionales.

Puede descargar resolución en el presente link.

Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.