¿Las utilidades se pagarán en Abril? Todo lo que debes saber tras Prorroga del impuesto a la renta anual 2019 SUNAT

Dinero

Para los trabajadores que laboran en empresas que están obligadas a distribuir utilidades, abril es un mes especial, pues cerca de 2 millones de trabajadores y ex trabajadores reciben este ingreso extra, sin embargo muchas de las empresas están planificando el pago de esta obligación a partir del junio y te explicaremos porqué.

Progorra del impuesto a la renta anual 2019

SUNAT mediante Resolución de Superintendencia 061-2020 publicado el pasado 24 de marzo de 2020, modifica el cronograma de vencimientos para la presentación y pago de la Declaración Jurada Anual 2019 y establece que todas las empresas que hayan obtenido ingresos netos de hasta 5,000 UIT podían acogerse a esta prórroga. Los vencimientos van de desde el 24 de junio al 09 de julio de 2020 según el último digito del RUC. Esto quiere decir que sólo las empresas cuyo ingresos son mayores a 21 millones de soles están obligadas a cumplir con el cronograma establecido por la Resolución de Superintendencia 271-2019 /SUNAT que cuenta con vencimientos desde el 25 de marzo al 8 de abril de 2020 según el último digito de RUC.

¿Cuándo se deben pagar las utilidades?

Ahora bien, en el Articulo 6 del Decreto Legislativo 892 establece que: “La participación que corresponde a los trabajadores será distribuida dentro de los treinta días naturales siguientes al vencimiento del plazo señalado por las disposiciones legales, para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta”.

En consecuencia sólo el grupo de empresas que están obligadas a declarar entre los meses de marzo y abril de 2020 (ingresos mayores a 5,000 UIT) deben cumplir con el pago de utilidades entre los meses de abril a mayo.

La gran beneficiada en este caso serían las pequeñas y medianas empresas que otorgan utilidades a sus trabajadores, ellos al acogerse al nuevo cronograma para la declaración jurada del impuesto a la renta pueden contar con el plazo de 30 días calendario después de la declaración para pagar sus utilidades, eso quiere decir pueden cumplir con esta obligación a partir de junio 2020. Esta medida coincidiría con ayudar a este grupo de empresas principalmente para no dejarlas sin liquidez y puedan cumplir con los pagos esenciales más próximos a vencer.

¿Quienes tienen derecho a cobrar utilidades?

Este beneficio económico le corresponde a los trabajadores en planilla que laboraron durante el año 2019, esto incluye a ex trabajadores que hayan trabajado al menos un mes en la empresa.

Recordemos que las empresas obligadas a pagar utilidades son aquellas que generen rentas netas de tercera categoría, hayan obtenido ganancias en el ejercicio declarado y que cuenten con más de 20 trabajadores en planilla.

¿Que porcenjate de utilidad se debe distribuir?

El Decreto Legislativo 892 prevé que el porcentaje dependerá de la actividad principal que realice la empresa, estas son: Empresas Pesqueras 10%, Empresas de Telecomunicación 10%, Empresas Industriales 10%, Empresas Mineras 8%, Empresas de Comercio al por mayor y al por menor y Restaurantes 8% y Empresas que realizan otras actividades 5%.

¿Hay multa por no pagar utilidades?

La respuesta Si, la entidad encargada de supervisar el cumplimiento de este pago es la Superintendencia de Fiscalización Laboral – Sunafil, la misma podría imponer multas que varían entre S/ 5,670.00 hasta S/ 94,500.00, según la cantidad de trabajadores que se vean afectados.


Zacarías Medina Satalaya

Contador Público Colegiado / Gerente Financiero de Biomicro Diagnostics S.A.C. / Contador independiente / Asesor Contable y Financiero.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.