Fecha Límite: Jueces Superiores de la 1era Sala Laboral tienen plazo para emitir resoluciones finales de vista en los expedientes que se haya realizado vistas de causa hasta el 16 de julio de 2023

Mazo de juez y un libro

Con fecha 4 de julio de 2023, se publica la Resolución Administrativa 000394-2023-P-CSJLI-PJ en el diario oficial “El Peruano”, que dispone que los jueces superiores que conforman la 1era Sala Laboral Transitoria emitan las resoluciones finales en todos los expedientes cuyas vistas de causa se hayan realizado hasta el 16 de julio de 2023, , incumbiendo y garantizando el descargo de todas las resoluciones correspondientes en el Sistema Integrado Judicial (SIJ), con los hitos estadísticos pertinentes, así como, la emisión de las cédulas de notificación correspondientes en cada proceso judicial, bajo responsabilidad.

Se dispone la redistribución de expedientes cuya vista de causa sea posterior al 16 de julio del 2023, desde la 1° Sala Laboral Transitoria hacia la 7° Sala Laboral Permanente, mediante la mesa de parte correspondiente, a partir del 03 y hasta el 05 de julio del 2023.

Se dispone el cierre de turno de la 1° Sala Laboral Transitoria a partir del 01 de julio del 2023, para todos los ingresos (incluyendo prevenciones), debiendo la mesa de partes correspondiente custodiar todos los escritos u otros documentos presentados a partir del inicio del proceso de remisión y redistribución de expedientes dirigidos hacia los expedientes que se redistribuirán y, se remitan hacia la 7° Sala Laboral Permanente una vez culminado el procedimiento de redistribución de expedientes.

Los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad funcional del presidente a cargo de la 1° Sala Laboral Transitoria remitente, así como, del secretario(a) y Relator(a) de Sala.

Se resuelve que la Mesa de Partes correspondiente redistribuya los expedientes hacia la 7° Sala Laboral Permanente de Lima en un plazo máximo de 24 horas desde la recepción de los expedientes de la Sala Superior remitente, debiendo la Administración de la sede judicial donde se encuentra ubicada la 1°Sala Laboral, garantizar el cumplimiento de la redistribución en el plazo dispuesto, bajo responsabilidad.

Se establece que la Coordinación de Informática de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, realice con carácter de urgente las acciones necesarias para la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, garantizando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse para la presente Resolución Administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del SIJ, debiendo informar a su Jefatura de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten pertinentemente.

Cumpla el Presidente de la 1° Sala Laboral Transitoria con informar sobre la culminación del procedimiento de redistribución de expedientes y/o de las observaciones presentadas y resueltas, así como, la relación de expedientes que se resolvieron hasta el 16 de julio del 2023, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo (al correo electrónico updcsjlima@pj.gob. pe) y, a la Oficina de Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de dos (2) días hábiles de terminada la redistribución de expedientes, bajo apercibimiento de informar a la referida oficina para que proceda conforme a sus atribuciones.

Puede descargar la Resolución Administrativa en el presente enlace.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.