El personal de confianza puede estar sujeto al Decreto Legislativo 1057 al cumplir con dos criterios

Mediante el Informe Técnico 000439-2024-Servir-GPGSC de fecha 18 de marzo de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) sobre la consulta si se puede convocar a concurso público a los puestos de servidores de confianza bajo el régimen del Decreto Legislativo 1057, considerando que ello, no excedería el tope de servidores de confianza ni con el presupuesto de gasto de la entidad.

Ante ello, el organismo rector precisó que el personal de confianza para ser vinculado por el Decreto Legislativo 1057, no requiere de un concurso público, sin embargo, para su incorporación a la entidad vía designación debe cumplir con ciertos elementos, como tener el cumplimiento de perfil del puesto, asimismo, ello no deberá exceder el 5% del total de cargos o puestos previstos por el Cuadro para Asignación de Personal.

Informe Técnico 000439-2024-Servir-GPGSC.

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