Ante un caso de desnaturalización de contrato dentro del sector público se deberá considerar las necesidades del servicio

Mediante la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente 00878-2022-PA-TC de fecha 25 de julio de 2023, el presente Tribunal ha precisado que desde la emisión del “Precedente Huatuco”, los procesos de amparo presentados solicitando la reposición por desnaturalización de contratos han aumentado. En el presente caso, el Tribunal expone un abuso de posición contractual del Estado para lograr la prestación servicios, pues se ha recurrido a distintas modalidades que limitan que el trabajador goce de sus derechos constitucionales laborales, adicionalmente, manifiesta que se debe reponer al trabajador en el puesto que desempeñaba con anterioridad, considerando las necesidades del servicio.

En ese sentido, se indica que con la finalidad de tutelar los derechos constitucionales inherentes al trabajador, como los requisitos del acceso al empleo público a plazo indeterminado, se debe ordenar la reposición en forma temporal del trabajador, hasta que la entidad convoque a un concurso público de mérito para el puesto que desempeñaba, en caso el trabajador no se presente al concurso o no lo apruebe, su contrato se extinguirá sin que tenga derecho al pago de indemnización.

Expediente 00878-2022-PA-TC.

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