Mediante resolución 601-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, recaída en el expediente sancionador 153-2021-SUNAFIL/IRE-HVCA, el Tribunal de fiscalización laboral se pronuncia sobre si es o no de obligatorio cumplimiento la medida de requerimiento que ordenaba la entrega de uniformes a los trabajadores de un sindicato en medio de la pandemia.
Al respecto el Tribunal señala que, no era razonable emitir una medida inspectiva de requerimiento de entrega de uniformes por aplicación de convenio colectivo, que correspondían al mes de junio del 2020, si el inspector ya tenía conocimiento de la imposibilidad de la inspeccionada para cumplir en la fecha ordenada por la autoridad, adjuntando los documentos que acreditaban su afirmación.
Además, emitir y sancionar por una medida de requerimiento teniendo conocimiento de la imposibilidad de su cumplimiento por parte del investigado desnaturaliza la finalidad de la misma y vulnera el principio de culpabilidad y razonabilidad, así como el debido procedimiento y deber de motivación.
En ese sentido, emitir y sancionar por una medida de requerimiento teniendo conocimiento de la imposibilidad de su cumplimiento por parte del investigado desnaturaliza la finalidad de la misma y vulnera el principio de culpabilidad17 y razonabilidad, así como el debido procedimiento y deber de motivación.
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