Sobre los aguinaldos y las gratificaciones legales de nuestros trabajadores y su comparación con países de América Latina y Europa

El Aguinaldo es aquel beneficio que va a percibir el trabajador del sector público dos veces por año (generalmente en julio y en diciembre).

De acuerdo al Decreto Supremo 280-2018-EF el monto del Aguinaldo por Navidad que se otorga a los funcionarios, servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 y la Ley 29944, obreros, personal sujeto a Carreras reguladas por Leyes específicas (docentes universitarios, personal de salud, personal de las fuerzas armadas y policía nacional) así como a los pensionistas del Sector Público comprendidos en los regímenes de las leyes 15117, 19846, 20530 y
28091, asciende a la suma de S/ 300.00.

Las Gratificaciones Legales son aquellas sumas de dinero que el empleador de manera adicional a su remuneración mensual otorga al trabajador, siempre que cumpla con los requisitos correspondientes.

Los trabajadores que se encuentran sujetos al régimen de la actividad privada tienen derecho a percibir dos gratificaciones al año, una con motivo de las Fiestas Patrias y otra con motivo de Navidad, dichas gratificaciones son equivalentes a una remuneración mensual en promedio.

El beneficio social de gratificaciones legales se aplica a todos los trabajadores del régimen general laboral de la actividad privada, sea cual fuere la modalidad del contrato de trabajo y el tiempo de prestación de servicios del trabajador.

Pero dichos beneficios no sólo son otorgados en nuestro país, sino también en diversos países de la región y de Europa, ante ello nos surge las siguientes interrogantes: ¿Cómo nos encontramos respecto al aguinaldo y gratificación pagados en otros países? ¿Nos encontramos en ventaja o desventaja?

Para responder las mismas revisemos el siguiente cuadro:

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.