Mediante el Informe Técnico 000083-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 25 de enero de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el plazo de vigencia del trabajo remoto en la administración pública, para ello se remitió al Informe Técnico 002782-2022-SERVIR-GPGSC, en el cual se precisó que la derogación del trabajo remoto contemplado en el Título II del Decreto de Urgencia 026-2020, indicando que los servidores retornen a su puesto de trabajo desde el 03 de enero de 2023, no obstante, conforme la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia 055-2021, se estableció que en base a las necesidades institucionales se emplee el trabajo remoto hasta el día 25 de mayo de 2023.
Pese a dichas disposiciones sobre el trabajo remoto, dio paso a la vigencia de la aplicación de la figura del teletrabajo, el cual conforme la opinión técnica de la presente entidad resulta ser una modalidad que cumpla con la función a las necesidades de la entidad vinculadas a brindar un mejor servicio para los ciudadanos.
Informe Técnico 000083-2024-SERVIR-GPGSC.