Mediante el Informe Técnico 000245-2022-SERVIR-GPGSC, de fecha 21 de febrero de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), ha pronunciado respecto a los niveles de negociación colectiva dentro del sector público, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo 008-2022-PCM, el cual aprueba los lineamientos para la implementación de la Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, Ley 31188.
Asimismo, Servir recuerda que la ley antes señalada, tiene como finalidad la regularización del ejercicio pleno del derecho a la negociación colectiva de las organizaciones sindicales de trabajadores estatales, por ello el artículo 5 de dicha ley precisa los siguientes niveles: a) Negociación colectiva a nivel centralizado, la cual se realiza en una única negociación con la representación mayoritaria de los servidores de las entidades, independientemente de su régimen laboral de vinculación de acuerdo a lo precisado por el Decreto Supremo 008-2022-PCM, y b) Negociación colectiva a nivel descentralizado, la cual se lleva a cabo en el ámbito sectorial, territorial, y por entidad pública, o en el que las organizaciones sindicales consideren beneficioso; manteniendo efectos únicamente en el ámbito que corresponda a su celebración.
Por último, se recalcó que, dentro del último nivel, su determinación con respecto a su representación estará a cargo de las organizaciones sindicales y las entidades deberán tener presente el alcance de la representación sindical para los resultados que genere dicha representación.
Descargar el Informe Técnico 000245-2022-SERVIR-GPGSC.