Se determinar criterios para determinar la existencia de una infracción continuada, para evitar vulnerar el principio de razonabilidad

Mediante la Resolución 010-2022-Sunafil/TFL de fecha 25 de octubre de 2022, el Tribunal de Fiscalización Laboral indicó precedentes administrativos de observancia obligatoria, en relación a ciertos parámetros para determinar la existencia de una infracción continuada, en los supuesto que las autoridades del Sistema Inspectivo de Trabajo identifiquen la ocurrencia de más de una conducta, lo cual constituirán, de manera separada, una infracción, también que infrinjan el mismo precepto o preceptos de similar naturaleza, dentro de un proceso unitario, actuando el administrado con voluntad duradera y con una conexión espacio temporal, dichos supuestos afectan el principio de razonabilidad.

En ese sentido, los mencionados supuestos se deberán acumular los procedimientos administrativos sancionadores, para lo cual corresponde a una sola intendencia regional de la Sunafil, conforme su competencia. En caso de fenómenos con carácter supraregional, cada intendencia regional debe evaluar, conforme su propia competencia y si legislación aplicable, de manera independiente.

Resolución 010-2022-Sunafil/TFL.

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