El proyecto de Ley 9221-2024, tiene por finalidad otorgar a los padres, además de los días de licencia por paternidad, 20 días adicionales de trabajo remoto, con el fin de participar en el cuidado del recién nacido, fortalecer los lazos familiares y apoyar a la madre durante este periodo crítico.
Serán beneficiados con esta ley los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado, que se encuentren en relación de dependencia laboral y haya cumplido con los requisitos establecidos por la vigencia para acceder a la licencia de paternidad.
Condiciones del trabajo remoto
La licencia de 20 días por paternidad se concede bajo la modalidad de trabajo remoto a solicitud del trabajador y previa coordinación con el empleador para que pueda desempeñar sus funciones de manera remota. Durante este periodo de trabajo remoto, el trabajador deberá mantener las mismas funciones y responsabilidades que tendría en su centro de labores, en la medida de lo posible.
El empleador deberá proporcionar los recursos y facilidades necesarias para el adecuado desempeño de las funciones laborales desde el hogar.
Obligaciones del Empleador
- Los empleadores están obligados a facilitar las condiciones para que el trabajador pueda realizar sus labores de manera remota durante los 20 días adicionales.
- El trabajador mantendrá todos los beneficios laborales que le correspondan.
- Se prohíbe cualquier tipo de discriminación contra los trabajadores que hagan uso del beneficio de trabajo remoto adicional.
- Los trabajadores que vean vulnerado su derecho de poder desempeñar el trabajo remoto, podrán presentar una denuncia ante Sunafil, que impondrá las sanciones correspondientes a los empleadores infractores.