Por medio del recurso de revisión la inspeccionada puede plantear la nulidad del acto impugnado

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Mediante Resolución 008-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, recaída en el expediente sancionador 277-2020-Sunafil/IRE-CUS, el Tribunal de fiscalización laboral señala que, respecto de la finalidad del recurso de revisión en específico, el artículo 14 del Reglamento del Tribunal establece que éste tiene por finalidad:

» … la adecuada aplicación del ordenamiento jurídico sociolaboral al caso concreto y la uniformidad de los pronunciamientos del Sistema. Se sustenta en la inaplicación, así como en la aplicación o interpretación errónea de las normas de derecho laboral, o en el apartamiento inmotivado de los precedentes de observancia obligatoria del Tribunal.

El recurso de revisión se interpone contra las resoluciones de segunda instancia emitidas por autoridades del Sistema que no son de competencia nacional, que sancionan /as infracciones muy graves previstas en el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo O 19-2006-TR, y sus normas modificatorias.»

La sala considera que la adecuada aplicación del ordenamiento jurídico sociolaboral comprende también la adecuación a la Constitución, a las leyes y al derecho, de conformidad con el principio de legalidad, que debe de caracterizar al comportamiento de las autoridades administrativas.

Finalmente, la sala también considera que, si la inspeccionada viene solicitando desde el inicio del procedimiento la nulidad de todo lo actuado, corresponde identificar si durante el procedimiento instructivo se ha producido algún apartamiento que justifique o ampare el pronunciamiento de la nulidad, y su materialización a través del TUO de la LPAG, en tanto sus efectos pueden implicar la nulidad de aquellos actos administrativos sucesivos relacionados con éste, de conformidad con el artículo 13 de la ley 27444, y una vez dilucidada la pretendida nulidad, corresponderá pronunciarse sobre los otros extremos alegados por la empresa accionante.

Puede descargar la Resolución 008-2021-SUNAFIL/TFL-Primera Sala.

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