El empleador se encuentra obligado a derivar los casos con diagnóstico confirmado para Covid-19 a un establecimiento de salud

Mediante Resolución de Intendencia 032-2021-Sunafil/IRE-CAJ, recaída en el expediente sancionador 177-2020-PS/Sunafil/IRE-CAJ/SIRE, Sunafil manifiesta que todo empleador al detectar un diagnostico confirmado de Covid-19 debe de cumplir las obligaciones señaladas por el Ministerio de Salud en el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de Covid-19 en el Trabajo, toda vez que todas las obligaciones contenidas en el plan o lineamientos para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo a exponerse al Covid-19 son de cumplimiento obligatorio.

Sunafil señala que si el empleador no acredita la derivación de los casos de sus trabajadores con diagnóstico confirmado para Covid-19 a un establecimiento de salud para su manejo y control incurre en una infracción de naturaleza insubsanable.

Puede descargar la Resolución de Intendencia 032-2021-Sunafil/IRE-CAJ.

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