De bonos, retorno a la presencialidad y demás contradicciones

En estos últimos días se han publicado dos normas que, al menos así lo creen sus autores, buscan contribuir con las dinámicas de las relaciones laborales en esta etapa de la pandemia. Por una parte, mediante el Decreto de Urgencia 105-2021 se ha regulado el otorgamiento de una bonificación extraordinaria para los trabajadores “formales” del sector público y privado de S/ 210 soles, los beneficiados, entre otros requisitos, deben percibir una remuneración mensual de hasta S/ 2,000 soles. Asimismo, mediante Decreto Supremo 168-2021-PCM se ha establecido como requisito ineludible para el retorno a la “presencialidad” de las empresas que cuenten con más de 10 trabajadores, que el 100% de estos se encuentren vacunados.

La primera busca destinar más de seiscientos sesenta y siete millones de soles para cubrir la bonificación de los trabajadores beneficiados, monto que, además de ser cuantioso y podría ser utilizado en proyectos que tengan una permanencia en el tiempo a favor de todos los ciudadanos, significa el subsidio de la remuneración de trabajadores que mantienen una relación particular, ya sea que trabajen en el sector público o privado, una regulación preocupante porque implicaría la confirmación que nos encontramos ante una política gubernamental que prioriza el asistencialismo en lugar de políticas de reforma estructural de la administración que logren, por ejemplo, incluir a los trabajadores “informales” en regulaciones que los protejan y que signifiquen un ingreso permanente a los beneficios de la formalidad laboral. Evidentemente resulta más sencillo que se detecte al sector de trabajadores formales que perciban una remuneración mensual de S/ 2,000 soles, como sencillo también es destinar bonificaciones a un sector ya protegido por la formalidad laboral. Sin embargo, lo que se requiere es lo difícil, detectar a las verdaderas víctimas de la pandemia, aquellos trabajadores ocultos de la data estatal o de las estadísticas y que claman por un Estado que los proteja.

Por otra parte, la segunda medida es también preocupante, en este caso por insustancial, ya que se pretende que el retorno a la presencialidad en las empresas se fundamente en la voluntad de una minoría de trabajadores que no quieren vacunarse. Es claro que no es nuestra idea cuestionar las libertades individuales, todo lo contrario, estás deben ser respetadas y garantizadas como presupuestos fundamentales de toda democracia,  pero  lo cierto es que estas no deben primar sobre el interés de una mayoría y torpedear la posibilidad de una reactivación económica tan esperada por parte del sector empresarial.

Lo contradictorio del asunto es que por un lado se reconoce que la situación económica es tan difícil que se “requiere” la necesidad de otorgar bonificaciones extraordinarias a un sector de los trabajadores y, por otra parte, se pone trabas para las empresas puedan reactivarse económicamente.

En este caso se plantean una serie de contingencias para las empresas, muchas ya han estando operando con trabajadores no incluidos en el grupo de riesgo de manera presencial, aunque algunos de ellos no estén vacunados, pero cumpliendo con los protocolos de bioseguridad. Tal y conforme se encuentra redactado el decreto supremo ya no se permitiría que las empresas sigan operando con personas “no vulnerables” de manera presencial que no estén vacunadas, aunque hayan firmado una declaración de consentimiento.

Igualmente, la redacción del decreto supremo supone que para que la empresa opere de manera presencial todos sus trabajadores (incluyendo lo que realicen trabajo remoto o teletrabajo) deben acreditar su dosis completa de vacunación, lo que evidentemente es un despropósito, en la medida que no existiría un riesgo de contagio para aquellos trabajadores que realizan sus labores a distancia.

Los ciudadanos no podemos ser obligados a vacunarnos, es una libertad individual que debe respetarse, pero atribuirles la facultad indirecta de boicotear una decisión empresarial de retorno a la “normalidad” afecta considerablemente las líneas de acción que proyectan las empresas para reactivarse, las mismas que ya fueron afectadas con una extinción apresurada de la suspensión perfecta de labores.

La reactivación económica no se logrará con bonificaciones extraordinarias, para ello es necesario que se implementen políticas que incentiven el desarrollo empresarial y que motiven su dinamismo, es momento de entender que no debe imponerse posiciones que, en sus contradicciones, buscan dividir a los peruanos.

Más empresas formales, dejarlas trabajar, permitir que contribuyan, ese debe ser nuestro norte, ya hemos dejado pasar 100 días sin rumbo, que no sean más.

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Socio del Estudio Elías Mantero / Director de la Revista Actualidad Laboral / Coordinador de las Maestrías en Derecho de la Sección de Posgrado de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres.