Como denunciar ante Sunafil en un estado de emergencia nacional

Sabemos que es una función pública y responsabilidad del Estado inspeccionar el trabajo que realizan sus ciudadanos. También sabemos que es un deber del propio Estado fomentar el empleo otorgando adecuadas condiciones del trabajo, condiciones que deben encontrarse canalizadas con la promulgación de normas legales cuyo cumplimiento deben estar garantizadas por el propio Estado, de acuerdo a nuestra Constitución Política del Perú de 1993 que en su artículo 22 señala que el Estado debe proteger y fomentar el empleo:


Artículo 22.- Protección y fomento del empleo El trabajo es un deber y un derecho. Es base del bienestar social y un medio de realización de la persona.


La Sunafil en la actualidad es la máxima instancia nacional en la prevención y fiscalización laboral, buscando la conciliación, prevención y asesoría del cumplimiento de las normas laborales antes de la sanción por el incumplimiento de las mismas.

¿Quiénes pueden realizar una denuncia laboral?

Nos debemos remitir a lo establecido en el artículo 105 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, que señala que todo administrado tiene derecho a formular denuncias:


Artículo 105.- Derecho a formular denuncias

105.1 Todo administrado está facultado para comunicar a la autoridad competente aquellos hechos que conociera contratos al ordenamiento, sin necesidad de sustentar la afectación inmediata de algún derecho o interés legítimo, ni que por esta actuación sea considerado sujeto del procedimiento.


Mediante la Resolución de Superintendencia 190-2017-SUNAFIL se aprobó la Directiva 002-2017-SUNAFIL denominada Servicio de Atención de denuncias laborales, la cual en su disposición 7.1.1 establece que:


7.1. Legitimidad para presentar denuncias laborales

7.1.1. Cualquier persona natural o jurídica, puede presentar una denuncia laboral, la que debe cumplir con los requisitos establecidos en la presente Directiva.


¿Cuáles son los medios de recepción de una denuncia laboral ante Sunafil?

La Directiva 002-2017-SUNAFIL, en su disposición 7.2. señala cuales son los medios para la recepción de denuncias laborales:


7.2. Medios de recepción de denuncias laborales

7.2.1. La denuncia laboral puede ser presentada a través de los siguientes medios:
a) Escrito: por mesa de partes de cualquier de las oficinas de la Intendencia Regional.
b) Virtual: a través de la página web de la Autoridad Inspectiva de Trabajo


¿Cómo realizar una denuncia ante Sunafil en el estado de emergencia nacional – aislamiento obligatorio?

En el estado de emergencia en el que nos encontramos los trabajadores que requieran efectuar una denuncia a su empleador, pueden realizar su denuncia laboral de manera virtual, ingresando a la opción “Denuncia Virtual” que se encuentra en la página web de la institución: sunafil.gob.pe.

Recordemos que toda denuncia realizada ante Sunafil es confidencial, sólo en los casos de hostilidad, accidente de trabajo, discriminación o cuando ya no hay vínculo laboral se solicitará el consentimiento del denunciante para levantar su reserva de identidad.

Para realizar su denuncia virtual debe de contar con un correo electrónico y número telefónico celular para que tengan una comunicación directa entre Sunafil y el/la denunciante; asimismo debe de contar con el número de RUC del empleador, la razón social del empleador y la dirección del mismo.

También es importante señalar que Sunafil ha habilitado el siguiente correo electrónico: mesadepartes@sunafil.gob.pe para recibir documentos durante el estado de emergencia nacional en el que nos encontramos (estado de emergencia desde el 16 de marzo de 2020 al 12 de abril de 2020), así como la Mesa de Partes Virtual para entidades públicas que cuenten con interoperabilidad de trámite documentario mediante la PIDE (Plataforma Nacional de Interoperabilidad del estado).

Finalmente, debemos de indicar que la denuncia virtual permanecerá habilitada una vez se levante el estado de emergencia en el que nos encontramos.

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Marcos Suclupe Mendoza: Asociado del Estudio Elias Mantero, Abogado por la Universidad de San Martín de Porres. Maestro en Derecho del Trabajo, colaborador permanente de la Revista Actualidad Laboral.