Aprueban reglamento del Decreto Legislativo 1378, Decreto Legislativo que fortalece y extiende la accesibilidad al Certijoven

Aprueban Reglamento del Decreto Legislativo N° 1378, Decreto Legislativo que fortalece y extiende la accesibilidad al Certijoven

Decreto Supremo 014-2018-TR

Mediante Decreto Legislativo 1378, se fortalece y extiende la accesibilidad al Certificado Único Laboral para Jóvenes con la finalidad de incrementar las oportunidades de inserción al mercado laboral formal de los jóvenes entre 18 y 29 años mediante el otorgamiento, en un solo trámite, de toda la información requerida por los empleadores para facilitar su acceso a un puesto de trabajo, generando confianza en los empleadores sobre la veracidad de la información

De acuerdo a lo establecido con el artículo 4 del Decreto Legislativo 1378 todas las entidades de la administración pública que posean información requerida para la implementación del Certificado Único Laboral para jóvenes – Certijoven, deben ponerla a disposición de manera gratuita y permanente a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado.

La Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE, es infraestructura tecnológica que permite la implementación de servicios públicos por medios electrónicos y el intercambio electrónico de datos, entre entidades del Estado a través de internet, telefonía móvil y otros medios tecnológicos disponibles, creada por el Decreto Supremo 083-2011-PCM, es administrada por la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital.

Mediante el Decreto Legislativo 1412, se establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno.

El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas para la aplicación del Decreto Legislativo 1378, que fortalece y extiende la accesibilidad al Certificado Único Laboral para Jóvenes.

El Certijoven debe contener la siguiente información:

  1. Datos de identidad.
  2. Antecedentes policiales.
  3. Antecedentes judiciales.
  4. Antecedentes penales.
  5. Trayectoria educativa respecto a la formación universitaria.
  6. Trayectoria educativa respecto a la educación pedagógica, tecnológica y artística.
  7. Trayectoria educativa respecto a la educación técnica – productiva.
  8. Trayectoria educativa respecto a la educación básica.
  9. Experiencia laboral.

Asimismo, el CERTIJOVEN es de aplicación obligatoria en los siguientes supuestos:

  1. Entidades de la administración pública que gestionan información requerida para otorgar las acreditaciones a usuarios a través del Certijoven, conforme se detalla en el presente reglamento.
  2. Entidades de la administración pública de todos los niveles de gobierno que están involucradas en el procedimiento para la obtención del Certijoven, de acuerdo a sus competencias o en función a la suscripción de un convenio de cooperación interinstitucional con el Gobierno Regional correspondiente o la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana, según sea el caso.
  3. La Secretaría de Gobierno Digital como órgano administrador de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado, que consolida información oficial relevante para la emisión de Certijoven.
  4. A empleadores, sean personas naturales o jurídicas, que solicitan Certijoven como requisito a postulantes a puestos de trabajo.
  5. A los jóvenes, desde 18 años y hasta 29 años de edad cumplidos.

Cabe precisar que para poder acceder al Certijoven, se deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Encontrarse entre 18 y 29 años de edad cumplidos.
  2. Contar con Documento Nacional de Identidad (DNI).

Asimismo, el presente DECRETO SUPREMO establece las obligaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo:

  1. Establecer y ejecutar disposiciones complementarias que coadyuven a una mejor implementación y acceso de Certijoven a nivel nacional.
  2. Diseñar, implementar y mantener el sistema el sistema de información que soporta Certijoven.
  3. Adoptar medidas de seguridad para garantizar la confiabilidad de la información que se consigna en el Certijoven.
  4. Asegurar que el sistema de información que soporta Certijoven pueda asumir los servicios de información disponibles en la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE).
  5. Definir y diseñar los contenidos de información del Certijoven.
  6. Otros definidos en la ley y en el presente reglamento.

Respecto a la fiscalización en casos de restricciones físicas, cuando el/la usuario/a tenga alguna restricción física que limite o impida el procedimiento de verificación, puede realizarlo en las entidades que brindan el servicio de verificación del Certijoven con su documento de identidad y de acuerdo a los procedimientos que para tal efecto establezca el MTPE.

En consecuencia, cabe señalar que la información contenida en el Certijoven se actualiza permanentemente, de acuerdo a los procedimientos y plazos establecidos por cada una de las entidades proveedoras de información para el Certijoven, bajo su responsabilidad.

Encontraran el Decreto Supremo 014-2018-TR, publicado en el siguiente enlace.

Relacionados

Written by 

La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.