Si el otorgamiento de una condición de trabajo configura una ventaja patrimonial para el servidor representa un incremento remunerativo

Mediante el Informe Técnico 001361-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 30 de setiembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la posibilidad de otorgar vales por concepto de alimentación, a favor de los servidores sujetos a los regímenes laborales de los Decretos Legislativos 728, 276 y 1057.

Para ello, el presente organismo rector puntualizó que el otorgamiento de condiciones de trabajo, como los vales por alimentación, solo sería factible siempre que, proporcionado a los servidores de manera necesaria para el cumplimiento de sus funciones, por ello no tendía una naturaleza contraprestativa ni represe una ventaja patrimonial al servidor. Asimismo, puntualiza que conforme la Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2024 ha prohibido expresamente cualquier tipo de incremento remunerativo en las entidades del sector público, por ello, cualquier otorgamiento de una condición de trabajo que no guarde su propia naturaleza e implique una ventaja patrimonial se configura como incremento remunerativo.

Informe Técnico 001361-2024-SERVIR-GPGSC.

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