Mediante el Informe Técnico 002152-2021-SERVIR-GPGSC se resolvió las siguientes consultas de la Municipalidad Distrital de Lince respecto a:
- En el régimen laboral general del DL 276, ¿se puede considerar, supletoriamente, el límite de edad de 70 años como una causa justa de extinción del vínculo laboral de un servidor sujeto a Contratación Administrativa de Servicios?
- En el caso de servidores civiles que pertenecen al grupo de riesgo y que hayan cumplido 70 años, ¿se puede aplicar la causal de desvinculación relacionada a su capacidad toda vez que sus facultades se ven disminuidas o su salud pueda agravarse por efecto de la edad?
Al respecto, Servir concluye lo siguiente:
- En el régimen CAS, no existe límite de edad para ser contratado.
- El régimen CAS no ha regulado como causal de extinción del contrato administrativo de servicios el límite de edad del servidor.
Puede descargar el el Informe Técnico 002152-2021-SERVIR-GPGSC aquí.