Mediante el Informe Técnico 000212-2025-SERVIR-GPGSC de fecha 3 de febrero de 2025, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) precisó que toda información presentada ante las entidades públicas, incluyendo los permisos solicitados por motivos de atención médica, se rige por los principios de presunción de veracidad y privilegio de controles posteriores, los cuales se encuentran contemplados en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
En ese sentido, el presente organismo rector precisó que es legalmente válido que las entidades públicas realicen acciones de fiscalización para verificar la veracidad de los motivos que originaron dichos permisos, caso contrario, al detectarse irregularidades, la entidad podrá iniciar el procedimiento disciplinario correspondiente, ello en busca de garantizar la correcta aplicación de los principios administrativos y el adecuado uso de los permisos otorgados en el marco del servicio público.
Informe Técnico 000212-2025-SERVIR-GPGSC.