Mediante el Informe Técnico 001888-2024-SERVIR-GPGSC de fecha 16 de diciembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre el término “afines” para los servicios a la limpieza pública, recojo de residuos sólidos y conversación y mejora del ornato local. Asimismo, puntualizó la prohibición en los gobiernos locales en relación a la tercerización y toda forma de intermediación laboral de los servicios de limpieza pública, recojo de residuos sólidos, conservación y mejora del ornato local y afines que prestan los obreros municipales, contemplado en la Ley 31254.
Asimismo, Servir señaló que dentro del artículo 1 de la ley mencionada, se precisa que el término “afines” corresponde a todos los servicios que prestan los obreros municipales relacionados con las actividades que comprende la gestión de residuos sólidos de origen doméstico, comercial o similares, siempre destinado a la conversación, mantenimiento y mejora de los espacios públicos y la infraestructura urbana municipal.
Informe Técnico 001888-2024-SERVIR-GPGSC.