Servir: Es factible variar las funciones a servidores en cargos que no tienen previsión en el cuadro para la asignación de personal

Hombre trabajando en su laptop

Mediante el Informe Técnico 000302-2022-SERVIR-GPGSC se resolvió la consulta realizada por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos del Instituto Nacional Penitenciario-INPE, mediante el oficio D000098-2021-INPE-URH, respecto a si es factible variar las funciones a servidores en cargos que no tienen previsión en el Cuadro para la asignación de personal.

Al respecto, Servir ha se señalado que a través de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1505, ampliado por DU 139-2020, 055-2021, y 115-2021, de manera excepcional, hasta el 31 de diciembre de 2022, se ha habilitado a las entidades públicas el poder para asignar nuevas funciones o variar las funciones ya asignadas a sus servidores civiles, indistintamente de su régimen laboral, según la necesidad del servicio y teniendo en cuenta su perfil profesional y/o experiencia laboral. La ejecución de esta medida no implica la variación de la contraprestación. En caso se trate de servidores civiles con discapacidad, se deberá observar sus condiciones particulares

Asimismo, indicó que esta medida tiene por finalidad asegurar la continuidad laboral de aquellos servidores que, debido a su condición de vulnerabilidad frente al Covid-19 y a la naturaleza de sus funciones no les fuera posible realizar trabajo presencial ni remoto, a efectos de otorgarles funciones que sí pudieran realizar a través de esta última modalidad (trabajo remoto), así como para que la entidad pueda disponer la asignación de personal en las áreas en las que requirieran mayor concentración de personal como consecuencia de la coyuntura vigente y de acuerdo a la necesidad del servicio.

Pueden visualizar el informe completo en el siguiente enlace.

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