Servir: Entidades deben identificar a la autoridad competente para evaluar nulidad de actos en concursos públicos

Mediante el Informe Técnico 001820-2024-Servir-GPGSC, de fecha 3 de diciembre de 2024, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) precisó que corresponde a cada entidad pública establecer, a través de sus bases y cronogramas, la regulación aplicable en sus concursos públicos de méritos o procesos de selección de personal.

En tal sentido, Servir indicó que será la propia entidad la que, conforme a su línea jerárquica y sus instrumentos de gestión interna, deberá identificar a la autoridad que emitió el acto administrativo cuya posible nulidad de oficio se evalúe. Ello, incluso si dicho acto ha quedado firme, con el fin de determinar si existe una autoridad superior jerárquica competente para pronunciarse, o si corresponde que sea revisado por la misma autoridad emisora en caso no esté sujeta a subordinación jerárquica.

Informe Técnico 001820-2024-Servir-GPGSC.

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