Negar conocer a un trabajador afiliado a un sindicato no es un argumento de defensa

Mediante la Resolución 651-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala, publicada el día 13 de diciembre de 2021, en base en materia de seguridad y salud en el trabajo, como también la labor inspectiva.

El Tribunal Laboral luego de revisar y analizar todos los medios probatorios en el presente procedimiento, resolvió que la impugnante no puede alegar que no conoce a los cincuenta trabajadores que obran y figuran en la lista del Acta de Infracción, debido que están afiliados al sindicato de trabajadores obreros de la Municipalidad de Víctor Larco Herrera, y tiene como primer requisito para la inscripción a dicha agrupación, laborar para la municipalidad.

El Tribunal señaló que la impugnante tomó conocimiento de dicha lista a través del acta de infracción, la cual fue notificada por medio de la Imputación de cargos 201-2020-Sunafil/IRE-LIB-IC de fecha 13 de octubre de 2020, no siendo materia de controversia en la presentación de descargos a la referida imputación de cargos, tampoco al final de instrucción, ni en el escrito de apelación.

Asimismo, se tiene que la impugnante no presentó medio probatorio suficiente que le permitiese establecer que alguno de los afiliados que figuraban en la lista antes señalada no formará parte de su planilla de trabajadores, por motivo de ello, se desvirtúan los argumentos de defensa de la impugnante.

Descargar Resolución 651-2021-Sunafil/TFL-Primera Sala.

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