Se vulnera el derecho a ejercer cargos públicos de elección popular en caso se deniegue la licencia sin goce de remuneraciones

Dos personas revisando un reporte

Mediante el Informe Técnico 000949-2023-Servir-GPGSC de fecha 24 de julio de 2023, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) se pronunció sobre la posibilidad de otorgar la licencia sin goce de remuneraciones por función edil a servidores sujetos a la Ley de Carrera Especial Pública Penitenciaria, Ley 29709.

Por ello, indicó que al momento que un trabajador sujeto al presente régimen es elegido alcalde, debe prevalecer su derecho constitucional a ejercer cargos públicos de elección popular, conforme lo señalado en el artículo 31 de nuestra Constitución Política del Perú. Asimismo, en relación a su solicitud realizada a través de la Oficina de Recursos Humanos o quien haga sus veces, se le otorgará dicha licencia para asumir el cargo cívico durante el plazo que dure su mandato, buscando no vulnerar el artículo señalado en líneas anteriores.

Informe Técnico 000949-2023-Servir-GPGSC.

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