Se reinician los plazos procesales y administrativos, y se establecen los horarios y jornada laboral posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio en el Poder Judicial

Persona mirando su reloj

Se ha publicado en el diario oficial El Peruano, la Resolución Administrativa 000191-2020-CE-PJ, mediante la cual se prorroga la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo 044-2020PCM y prorrogado por los Decretos Supremos 051 y 064-2020-PCM”, excepto en Distritos Judiciales que mantienen cuarentena focalizada y dictan diversas disposiciones se aprueba el “Protocolo de adecuación de los procedimientos del Módulo Corporativo Laboral (MCL) y Sala Superior al tiempo de pandemia ocasionada por el Covid-19.

Se ha dispuesto prorrogar hasta el 31 de agosto de 2020 vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo 044-2020PCM y prorrogado por los Decretos Supremos 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa 000146-2020-CE-PJ;excepto en los Distritos Judiciales en los que se mantiene la cuarentena focalizada bajo los lineamientos dispuestos en el artículo primero de la Resolución Administrativa 000179-2020-CE-PJ.

Además de ello, se estableció la jornada y horario de trabajo, el cual será de la siguiente manera:

a) Del 17 al 31 de julio de 2020, el trabajo presencial interdiario es de 09:00 a 14.00 horas. El trabajo remoto se efectivizará en el horario de ocho horas
diarias.

b) Del 1 al 31 de agosto de 2020, trabajo presencial diario, en dos grupos:

Área jurisdiccional

Primer turno: de 07:00 a 13:00 horas
Segundo turno: 14:00 a 20:00 horas

Área administrativa

La Presidencia del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; así como La Gerencia General del Poder Judicial, y los Gerentes y Jefes de Oficina Distrital, designarán al personal administrativo que realizará trabajo remoto en la jornada de 8 horas diarias, cuando éste pueda ser realizado. Caso contrario, asistirá en el horario establecido precedentemente, en forma diaria o interdiaria.

Cabe señalar que los plazos procesales y administrativos se reinician a partir de 17 de julio de 2020, con excepción en los Distritos Judiciales que se encuentran ubicados dentro de la jurisdicción de los Departamentos de Arequipa, Ica, Junín, Huánuco, San Martín, Madre de Dios y Áncash, que se mantendrá hasta el 31 de julio del año en curso.

Descargar la Resolución Administrativa 000191-2020-CE-PJ.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.