Se regula el procedimiento para autorizar evaluadores de competencias laborales y para la autorización de centros de certificación de competencias laborales

Personas en una reunión de trabajo

Se ha publicado, el día de hoy, en el diario oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo 016-2021-TR, Decreto Supremo que aprueba las Normas que regulan los procedimientos administrativos para la autorización de evaluadores de competencias laborales y para la autorización de centros de certificación de competencias laborales.

Mediante la presente norma se ha aprobado las “Normas que regulan los procedimientos administrativos para la autorización de evaluadores de competencias laborales y para la autorización de centros de certificación de competencias laborales”, que consta de tres (3) capítulos, diecinueve (19) artículos y dos (2) formatos.

Asimismo, se ha dispuesto la implementación del aplicativo virtual para la presentación de las solicitudes de autorización de evaluadores de competencias laborales y de autorización de centros de certificación de competencias laborales, esta implementación será de manera progresiva.

Además, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles, deberá modificar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, a fin de incorporar los procedimientos administrativos regulados en la norma en mención.

Pueden descargar la presente norma y sus anexos en el siguiente enlace.

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La revista especializada en derecho laboral más antigua del Perú. Fundada por Fernando Elías Mantero en mayo de 1975.