Se rectifica error incurrido en el artículo tercero de la Resolución Administrativa 412-2023-P-CSJLI-PJ de la Corte Superior de Justicia de Lima

Persona trabajando en su laptop con documentos

Con fecha 15 de julio de 2023, se publica en el “Diario Oficial El Peruano”, la Resolución Administrativa 000437-2023-P-CSJLI-PJ, que RECTIFICA de oficio el error material incurrido en el artículo Tercero de la Resolución Administrativa 412-2023-P-CSJLI-PJ, de acuerdo al siguiente detalle:

DICE: “Artículo Tercero: HABILITAR el correo electrónico: MPEscritosConTerminoSedeJAVCJLIMA@pj.gob.pe para recibir de manera exclusiva los documentos con vencimiento de plazos de las especialidades Laboral, Familia, Constitucional, Civil, durante el horario de suspensión del SIJ los días hábiles de la semana, de 09:01 p.m. hasta las 06:59 a.m. y los días sábados, domingos y feriados, únicamente mientras dure la migración de datos descrita en el considerando sexto de la presente resolución administrativa, debiendo los órganos jurisdiccionales tener en cuenta la fecha de presentación de dichos documentos. Asimismo, la interposición de la acción de habeas corpus podrá seguir realizándose a través del correohabeascorpuscsjlima@pj.gob.pe y las denuncias por violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar podrán seguir ingresándose mediante el correoJuzgadoFamiliaCSJLima@pj.gob.pe”

DEBE DECIR: “Artículo Tercero: HABILITAR el correo electrónico: MPEscritosConTerminoSedeJAVCJLIMA@pj.gob.pe para recibir de manera exclusiva los documentos con vencimiento de plazos de las especialidades Laboral, Familia, Constitucional, Civil, durante el horario de suspensión del SIJ los días hábiles de la semana, de 09:01 p.m. hasta las 06:59 a.m. y los días sábados, domingos y feriados, únicamente mientras dure la migración de datos descrita en el considerando sexto de la presente resolución administrativa, debiendo los órganos jurisdiccionales tener en cuenta la fecha de presentación de dichos documentos.

Asimismo, la interposición de la acción de habeas corpus podrá seguir realizándose a través del correo habeascorpuscsjlima@pj.gob.pe

Puede descargar la Resolución Administrativa en el presente enlace.

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