Se ha publicado en el diario oficial “El Peruano” la Ley 31251, Ley de ascensos de supervisores, técnico y suboficiales u oficiales de mar de las fuerzas armadas título preliminar objeto, finalidad, ámbito de aplicación y principios.
La presente ley tiene como objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos del personal de supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las juntas correspondientes.
Además, los procesos de ascensos tienen por finalidad garantizar una línea de carrera técnico-profesional, sustentada en un sistema de evaluación, selección y promoción de los supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar de las Fuerzas Armadas al grado militar inmediato superior, desarrollados en estricta observancia del ordenamiento constitucional y legal vigente.
La ley en mención comprende al personal militar de supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar en situación de actividad del Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú.
Asimismo, se ha dispuesto que el Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, formula el reglamento de la presente ley. Dicho reglamento será aprobado por decreto supremo, refrendado por el ministro de Defensa, entrando en vigencia el día siguiente de su publicación.
Por otro lado, se ha dispuesto la derogación el artículo 8 del Decreto Legislativo 1144, Decreto Legislativo que regula la situación militar de los supervisores, técnicos y suboficiales u oficiales de mar de las Fuerzas Armadas, así como la segunda disposición complementaria transitoria del citado dispositivo legal.
Pueden descargar la presente ley en el siguiente enlace.