Se pone a disposición la plataforma virtual del Registro de Suspensión Perfecta de Labores

El día de ayer, 14 de abril de 2020, se publicó en el diario oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia 038-2020, que autoriza de forma excepcional a los empleadores a solicitar la suspensión perfecta de labores de sus trabajadores, como respuesta al impacto económico generado por el Coronavirus (COVID-19), pero al mismo tiempo dispone una serie de mecanismos para que los trabajadores afectados por esta medida no queden en la orfandad económica.

Conforme al numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto de Urgencia 038-2020, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo pone a disposición la plataforma virtual en la cual las empresas registran su solicitud de suspensión perfecta de labores en el marco de lo establecido en el citado Decreto de Urgencia.

Ver Decreto de Urgencia: Aquí

Ver Manual de Usuario: Aquí

Ir al aplicativo Web

Relacionados

Written by 

Maestro en Derecho del Trabajo y Abogado por la Universidad de San Martín de Porres (USMP). Es asociado principal de Varela Bohórquez Abogados y Responsable Académico de la Maestría en Derecho del Trabajo de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Derecho de la USMP. Es miembro del Comité Editorial de la revista Actualidad Laboral y miembro activo de la Sección Peruana de Jóvenes Juristas (SPJJ). Profesor contratado de la Facultad de Derecho USMP y docente de la Maestría en Derecho del Trabajo de la Unidad de Posgrado de la misma universidad.