El 01 de agosto de 2021 se ha publicado en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000113-2021-Servir-PE, que formaliza el acuerdo de consejo directivo adoptado en la sesión 020-2021, mediante el cual se aprobó como opinión vinculante, el Informe Técnico 001470-2021-Servir-GPGSC, relativo a la aplicación y alcances del artículo 4 de la Ley 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del Sector Público.
Es importante mencionar que el Informe Técnico 001470-2021-SERVIR-GPGSC tiene carácter vinculante, al haber sido aprobado por Consejo Directivo de Servir.
La opinión vinculante del informe está referida a los alcances y aplicación del artículo 4 de la Ley 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los regímenes laborales del Sector Público.
El objeto del informe es precisar lo siguiente:
- El marco legal vigente que produce el carácter indefinido de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS), regulados por el Decreto Legislativo 1057.
- Los efectos de la suscripción de las adendas que modifiquen la cláusula referida al plazo del Contrato Administrativo de Servicio.
El consejo directivo de Servir llega a las siguientes conclusiones:
- Los contratos administrativos de servicios de los servidores que desarrollan labores permanentes (es decir aquellos que no sean de necesidad transitoria o suplencia) adquirieron la condición de contratos a plazo indeterminado automáticamente por el solo mandato imperativo del artículo 4 de la Ley 31131, en vigencia a partir de 10 de marzo del 2021.
- En consecuencia, es innecesario suscribir adendas para que los contratos de los servidores civiles sujetos al RECAS sean contratos a plazo indeterminado. Sin embargo, son las entidades las que opten por su suscripción como un acto de trámite interno.
- Por consiguiente, corresponde modificar las opiniones de Servir que se encuentran bajo el lineamiento del Informe Técnico 000542-2021-Servir-GPGSC, que hace referencia a la formalización de los contratos administrativos de servicios a plazo indeterminado.
Puede descargar la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000113-2021-Servir-PE.