Se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprobó como opinión vinculante el Informe Técnico 001108-2021-SERVIR-GPGSC relativo a la aplicación y alcances de la Ley 31188, ley de negociación colectiva en el sector estatal

2 personas en una reunión dándose la mano

Se ha publicado en el diario oficial “El Peruano”, la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000088-2021-SERVIR-PE, que formaliza el acuerdo de consejo directivo adoptado en la sesión 014-2021, mediante el cual se aprobó como opinión vinculante, relativa a la aplicación y alcances de la Ley 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, el Informe Técnico 001108-2021-SERVIR-GPGSC.

Es importante mencionar que el informe técnico 001108-2021-SERVIR-GPGSC tiene carácter vinculante, al haber sido aprobado por Consejo Directivo de Servir.

La opinión vinculante del informe está referida a los alcances y aplicación de la Ley 31188, Ley de Negociación colectiva en el Sector Estatal.

El objeto del informe es precisar lo siguiente:

  1. El marco normativo aplicable en materia de negociación colectiva a las entidades y empresas públicas.
  2. La posibilidad de someter a negociación colectiva bajo la Ley 31188 a los pliegos de reclamos correspondientes períodos anteriores a la entrada en vigencia de la citada Ley.
  3. La participación de la autoridad administrativa de trabajo para la emisión de dictámenes económicos en el marco de la Ley 31188.

La presente norma entrará en vigencia a partir del día 31 de mayo de 2021, con excepción del artículo 4, que rige el sábado 29 y domingo 30 de mayo de 2021.

Descargar la Resolución de Presidencia Ejecutiva 000088-2021-SERVIR-PE.

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