Mediante el Informe Técnico 002739-2022-Servir-GPGSC de fecha 20 de diciembre de 2022, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) recordó que si bien no existe una disposición normativa, que obligue a consignar de forma expresa dentro de un contrato administrativo de servicios (CAS) su naturaleza a plazo indeterminado o determinado. Asimismo, Servir recomendó a las oficinas de recursos humanos, generar la suscripción de las adendas, conforme a la naturaleza del contrato, en el caso del carácter indeterminado se debe señalar la modalidad de contrato, es decir a plazo indeterminado. Para el caso del personal CAS contrato determinado, la entidad podrá continuar emitiendo adendas de prórroga y renovación, conforme a la necesidad y presupuesto que ostente la entidad.