El 24 de abril de 2020, mediante Resolución de Superintendencia 76-2020-SUNAFIL, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral aprobó el Protocolo 004-2020-SUNAFIL/INII, denominado “Protocolo sobre la realización de acciones preliminares y actuaciones inspectivas, respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores en el marco del Decreto de Urgencia 098-2020, que establece medidas complementarias para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores ante el Covid-19”.
El presente protocolo se aplica a nivel nacional por todos los órganos y dependencias del Sistema de Inspección del Trabajo; así como, por el personal inspectivo y administrativo en el marco de sus funciones; asimismo, la Intendencia Nacional de Supervisión del Sistema Inspectivo monitorea y supervisa su cumplimiento.
El protocolo ha desarrollado específicamente las siguientes disposiciones respecto a la verificación de la suspensión perfecta de labores:
- Acciones para la verificación de hechos sobre la suspensión perfecta de labores a solicitud de la autoridad administrativa de trabajo.
- Verificación de hechos sobre la suspensión perfecta de labores.
Descargar el Protocolo 004-2020-SUNAFIL/INII.
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