Se aprueba por insistencia los proyectos de ley que prohíbe los contratos de locación de servicios

Congreso de la República

El Pleno del Congreso de la República aprobó por insistencia el texto sustitutorio de los Proyectos de Ley 945, 5246, 5872 y 5875, los cuales proponen prohibir a las entidades públicas realizar contratos mediante la modalidad de locación de servicios.

Dicha norma fue observada por el Ejecutivo argumentando que afecta la igualdad de acceso a la función pública; sin embargo, el Parlamento la aprobó con 93 votos a favor, cero en contra y solo dos abstenciones.

Mediante la presente ley, se ha prohibido a las entidades públicas cualquier fuera el régimen laboral que regula sus actividades, suscribir contratos de servicios no personales o bajo cualquier otra modalidad contractual no laboral o con el nombre que se les dé, en puestos permanentes.

No obstante, se permite la contratación bajo esta modalidad solo a los servicios de carácter urgente y temporal, debidamente acreditados y por un lapso que no podrá exceder los seis meses.

Además de ello, se ha establecido un plazo máximo de adecuación de un año para las entidades públicas. En este período deberán convocar a concursos públicos de méritos para que los trabajadores se incorporen al régimen que corresponda.

El reglamento de la norma deberá ser elaborado en los próximos 60 días.

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