Proyecto de Ley que concede licencia por paternidad a los trabajadores independientemente del vinculo con la madre

Modificación del artículo 1 de la Ley 29409, Ley que concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada

El presente proyecto de Ley 9374-2024-CR, tiene el objeto de establecer-el derecho del trabajador de la actividad pública y privada, incluidas las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú, a una licencia remunerada por paternidad de cinco (5) días por el nacimiento del hijo o hija de éste, independientemente del vínculo legal con la madre, debiendo acreditar el ejercicio de una paternidad responsable; a fin de promover el desarrollo y cuidado del recién nacido.

Esta modificatoria busca permitir al trabajador del sector público o privado, el goce de la licencia por paternidad por el nacimiento de su hijo o hija, sin que sea necesario el requisito previo de acreditar el vínculo legal (matrimonio o convivencia) con la madre; en tanto ejerza una paternidad responsable promoviendo de esta forma el adecuado desarrollo y cuidado del recién nacido.

La propuesta normativa no significa ningún costo adicional al Estado Peruano, puesto es derecho de todo trabajador, a gozar de la licencia por paternidad, sin distinción alguna, por el solo hecho de ser progenitor del recién nacido y asistir en el cuidado del mismo, ejerciendo una paternidad responsable.

Proyecto de Ley 9374-2024-CR.

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