Mediante el Proyecto de Ley 8649-2024-CR, presentada ante el Congreso de la República el día 19 de agosto de 2024, se planteó la modificación del artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, pretendiendo establecer que para ser miembro de la junta directiva del sindicato, federación o confederación se requiera ser trabajador activo, debiéndose encontrarse en planilla y/o en proceso judicial en trámite donde se impugne el despido.
La presente propuesta se busca frenar, a los coloquialmente llamados, “eternos dirigentes sindicales” y la posible intimidación para permanecer en dicha posición sindical, como su liderazgo prolongado para impedir la renovación y el ingreso de nuevas ideas o enfoques dentro del sindicato, con la finalidad de promocionar nuevos líderes sindicales que aporten con el fortalecimiento de la organización sindical y de su luchas y logros.