Mediante Resolución Administrativa 000347-2021-CE-PJ publicado el 27 de octubre de 2021, se dispone como medida excepcional, que el día martes 2 de noviembre de 2021, las labores jurisdiccionales y administrativas del Poder Judicial se realicen con normalidad; habilitándose la referida fecha para la realización de audiencias, juicios orales y otras actuaciones judiciales, programadas en dicho día.
La presente disposición no afecta el cómputo de los plazos procesales.
– Los jueces, juezas y personal jurisdiccional o administrativo que opten en hacer uso del feriado no laborable, deberán presentar a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y Corte Superior de Justicia; así como a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial y Gerencia General del Poder Judicial, según sea el caso, la respectiva solicitud; debiendo efectuar la recuperación de las horas dejadas de laborar, a partir del siguiente día hábil.
La Oficina de Control de la Magistratura y las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, supervisarán el cumplimiento de la presente disposición.
Se transcribe la presente resolución a la Presidenta del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Presidentes y Presidentas de las Salas Permanentes y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio Público, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Descargar la Resolución Administrativa en el presente link.